Serán causas de cancelación de los apoyos, las siguientes:
a) Cuando el beneficiario incurra en falta con las
obligaciones señaladas en la numeral 4.4.2.3, de estas reglas
de operación;
b) Cuando la
IES lo solicite por escrito a la SEMS, y ésta sea aprobada por considerarse
plenamente justificada;
c) Cuando el
beneficiario renuncie expresamente por escrito a los beneficios del apoyo
d) Cuando el beneficiario abandone
sus estudios,
e) Cuando el beneficiario
proporcione o haya proporcionado datos falsos o incompletos para su
incorporación o permanencia en
EL PROGRAMA
f) Cuando el
beneficiario altere la documentación e informes requeridos por
ELPROGRAMA
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